Fuentes AP: Sin decisión aún en caso disciplinario de Watson
La espera de una decisión sobre la posible medida disciplinaria para el quarterback Deshaun Watson, de los Browns de Cleveland, luego de las acusaciones de conducta sexual inapropiada continuará otra semana.
Dos personas enteradas de la situación dijeron a The Associated Press que la jueza jubilada Sue L. Robinson no emitirá un fallo el viernes sobre la audiencia disciplinaria de Watson que concluyó hace un mes. Hablaron con la AP bajo condición de anonimato porque las discusiones son privadas.
Watson fue acusado de acoso y agresión sexual por 24 terapeutas de masaje y ha resuelto 20 de las demandas civiles. Dos distintos jurados investigadores de Texas se negaron a acusar a Watson de denuncias penales derivadas de las acusaciones.
Watson, que jugó durante cuatro temporadas con los Texans de Houston antes de ser canjeado a Cleveland en marzo, ha estado entrenando con los Browns, mientras que Robinson ha pasado semanas tratando de determinar si el quarterback tres veces elegido al Pro Bowl violó la política de conducta personal de la NFL y si debe imponer medidas disciplinarias.
La liga pidió por una suspensión indefinida de al menos un año durante una audiencia de tres días en Delaware el mes pasado. El sindicato de jugadores de la NFL busca que no se aplique ningún castigo, aunque una persona familiarizada con la defensa de Watson le dijo a la AP en junio que se espera una suspensión y que el objetivo es que Watson juegue esta campaña.
Ambas partes presentaron informes posteriores a la audiencia antes del 12 de julio y esperaban una decisión antes que se iniciaran los campamento de entrenamiento esta semana. Robinson está considerando cuidadosamente el caso y no está sujeta a una fecha límite.
Si Robinson, que fue designada conjuntamente por la liga y el sindicato de jugadores, impone alguna sanción, cualquiera de las partes puede apelar. En ese caso, el comisionado de la NFL, Roger Goodell, o su designado “emitirán una decisión por escrito que constituirá una disposición plena, final y completa de la disputa”, según los términos del artículo 46 del acuerdo colectivo.