Corte reitera: no se puede impedir ingreso de salvadoreños
SAN SALVADOR (AP) — La Corte Suprema de Justicia de El Salvador advirtió el viernes al presidente Nayib Bukele y a las autoridades de su gobierno que no pueden impedir el ingreso al país de los salvadoreños o extranjeros con residencia definitiva que no presenten la prueba PCR negativa de COVID-19, porque se notificará al Ministerio Público por el posible cometimiento de un delito.
De inmediato el mandatario respondió en un tuit: "¿Acaso no ven lo que está pasando en el mundo, con las segundas olas de la pandemia? ¿Quieren una segunda ola en El Salvador? Para los que ponderan la economía por sobre la salud: ¿se imaginan las ventas navideñas, en pleno pico de una segunda ola epidemiológica? ¡Piensen!”.
Bukele —que no aclaró si acatará la decisión de la Sala— agregó: “Mandan a decir de los demás países del mundo, que ustedes no tienen jurisdicción allá (donde serán pedidas las pruebas)”.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema suspendió el martes la decisión del gobierno de exigir pruebas de COVID-19 a los salvadoreños y extranjeros con residencia definitiva que quieran ingresar a El Salvador cuando el aeropuerto internacional reinicie operaciones para los vuelos comerciales el sábado 9 de septiembre. Las pruebas sí se solicitarán a los extranjeros sin residencia permanente en el país.
A pesar de la determinación de la Corte, en un nuevo choque con este organismo, Bukele insistió en exigir a todos los pasajeros una prueba negativa, por lo que autoridades del aeropuerto, Migración y Salud se reunieron la tarde del jueves con representantes de las aerolíneas para informar las medidas sanitarias que se implementarán a partir del próximo sábado, cuando reabra el aeropuerto internacional.
El mandatario ya había advertido en un tuit que todas las aerolíneas que deseen aterrizar en el aeropuerto internacional tenían que exigirle a todos sus pasajeros una prueba PCR negativa antes de abordarlos. “De lo contrario, nos veremos obligados a volver a cerrar el aeropuerto”.
En el seguimiento al fallo, la Sala dice que debido a la “infundadas interpretaciones” de las autoridades ”se juzga necesario explicarles lo ordenado en esa resolución” y reitera que su orden suspende los efectos de las decisiones adoptadas por las autoridades de Salud, aeropuerto internacional y Migración.
La Sala dice que reconoce en las autoridades del gobierno una actitud de rechazo de la resolución adoptada por ellos, lo que hace necesario “advertir que las resoluciones judiciales son obligatorias y que su incumplimiento acarrea responsabilidades constitucionales y legales”. Agrega que si insisten prohibir el ingreso de salvadoreños o extranjeros residentes definitivos por cualquier vía (terrestre, marítimo o aérea) “se certificará de manera inmediata a las Fiscalía General de la Republica por el posible cometimiento de delito".
No se precisó qué falta sería, pero el artículo 5 de la Constitución que dice que: “Toda personas tiene libertad de entrar, de permanecer en el territorio de la República y salir de éste, salvo las limitaciones que la ley establezca”.
El abogado Eduardo Escobar, director ejecutivo de la ONG, Acción Ciudadana, explicó a la AP que “podría ser un delito de desobediencia, incluso actos arbitrarios, porque se está haciendo un uso indebido y excesivo del poder público que puede generar afectaciones al derecho de las personas".