Oposición preocupada por medidas financieras en Nicaragua
MANAGUA (AP) — El gobierno de Nicaragua podrá sancionar con multas de hasta 50.000 dólares a los bancos privados que no brinden información de sus clientes, según lo establecido en una reciente reforma de ley que entró en vigor este lunes y según la oposición buscaría legalizar el "espionaje financiero" en el país.
La reforma a la Ley 977 o Ley contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo, fue aprobada la semana pasada en el Parlamento, de amplia mayoría sandinista, y publicada hoy en el diario oficial La Gaceta.
De acuerdo con la resolución, las instituciones bancarias serán vigiladas por la Unidad de Análisis Financiero (UAF), adscrita a la Policía Nacional, que también supervisará a empresas micro-financieras, aseguradoras, mercado de valores y almacenes generales.
La reforma obliga a esas empresas a investigar a sus clientes antes de iniciar una relación contractual para verificar el origen de su dinero. Además, la UAF proveerá listas de personas o entidades cuyos fondos deberán "congelarse" de manera preventiva, en caso de tenerlos ya en su cartera de clientes.
La estatal Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif) impondrá multas de 5.000 a 50.000 dólares a las entidades que incumplan los requerimientos oficiales, indicó la resolución.
Las multas se aplicarán si los bancos, financieras o aseguradoras congelan fondos pero no lo notifican a la UAF, y también si se demoran en brindar información. También se multará a los funcionarios o directivos que informen a los clientes o entidades que están siendo investigados.
Según el diputado opositor Maximino Rodríguez, cuyo partido se opuso a la reforma, el presidente Daniel Ortega procuraría tener "informantes obligados” en el sistema financiero y en el gremio de abogados, que mediante la misma reforma deberán reportar al gobierno posibles actividades “sospechosas” de sus clientes.
Para el abogado Alejandro Aguilar, experto en temas financieros, la disposición revela “un abuso de autoridad” y “es sumamente preocupante” porque supone una violación del sigilo bancario protegido en la legislación nacional.
“La ley es clara en cuanto a que el levantamiento del sigilo bancario se hace caso por caso y con orden judicial, cuando alguien está involucrado en un crimen. Ninguna ley faculta a la SIBOIF a levantarlo de manera general", advirtió.
Tan polémica como la reforma es la Ley 977, aprobada por los sandinistas en julio de 2018, en el marco de las protestas antigubernamentales que derivaron en la peor crisis política y económica que enfrenta Ortega desde que llegó al poder en 2007.
Según la oposición, la referida ley se aprobó para “criminalizar” a los involucrados en manifestaciones y actos contra el gobierno. Ortega ha acusado a Estados Unidos de financiar a sus adversarios y promover “un fallido golpe de Estado” para derrocarlo.
Muchas de las casi 770 personas catalogadas por la oposición como “presos políticos” fueron acusadas de graves delitos y sentenciadas con penas de hasta 216 años de cárcel al amparo de la “ley contra el terrorismo”.
El diputado oficialista Wálmaro Gutiérrez, promotor de la reforma, dijo que ésta permitiría perseguir al crimen organizado, pero también “a la delincuencia de cuello blanco y a aquellos grupos de terrorismo que trafican y financian actividades” en contra del gobierno.
La misma reforma obliga a partir de hoy a los abogados y notarios a rendir informes sobre sus clientes a la UAF, bajo riesgo de ser inhabilitados.
Ninguna de las asociaciones de abogados y notarios fue tomada en cuenta por el régimen para reformar la ley.
“El Estado obligará a los notarios y abogados a rendir informes a la UAF, y eso los expondrá a ser vinculados a un delito”, opinó el diputado opositor Jimmy Blandón.
Por su parte, Luis Perezalonso, presidente del Colegio de Abogados en Formación, consideró que la reforma convierte a los juristas en “espías” e “inquisidores” de sus clientes, cuando no les compete averiguar detalles sobre su patrimonio ni su actividad laboral.